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¿Tu préstamo personal es abusivo?

La declaración de usura en los préstamos personales ha cobrado gran relevancia en los últimos años debido a los altos intereses pactados en algunos contratos. En España, la Ley de Represión de la Usura establece que un préstamo se considera usurario cuando el interés es «notablemente superior» al interés medio de mercado y «desproporcionado con las circunstancias del caso».

¿Qué se considera un interés usurario?

Para saber si un préstamo personal es usurario, lo esencial es comparar la TAE (Tasa Anual Equivalente) del contrato con el interés medio de mercado publicado por el Banco de España, teniendo en cuenta la categoría más específica.

Ejemplo: si en 2014 firmaste un préstamo de 14.000 € con una TAE del 14,55 %, y el promedio de mercado era del 8,13 %, tu préstamo superaría en más de 6 puntos el promedio. Esto lo hace susceptible de ser declarado usurario, salvo que existan circunstancias excepcionales (falta de avales, refinanciación de deudas, etc.).

Criterios del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha reforzado la protección del consumidor fijando pautas claras:

  • Diferencial de 6 puntos. Un préstamo puede declararse usurario si la TAE supera en 6 puntos la media, salvo que haya circunstancias especiales que lo justifiquen.

  • Excepciones justificadas. En 2023, el Supremo no declaró usurario un préstamo con TAE del 17,25 % (media del 11 %) porque servía para refinanciar deudas anteriores, con alto riesgo de impago.

  • Intereses extremadamente elevados. En 2024, la STS 697/2024 declaró usurario un préstamo que superaba en 12 puntos la media de mercado, considerando ese margen «desproporcionado» y sin justificación posible.

  • Microcréditos y tarjetas revolving. Los tribunales están anulando contratos con TAE desorbitadas (incluso superiores al 3.000 % anual) por usura y por falta de transparencia.

  • Revolving: transparencia obligatoria. Además del control de usura, los contratos de tarjetas revolving deben ser claros sobre el sistema de amortización y la TAE. Si no lo son, pueden declararse nulos.

  • Plazo para reclamar. Aunque la nulidad del contrato no prescribe, el derecho a reclamar lo pagado de más tiene un plazo de 5 años desde la reclamación extrajudicial o la demanda.

¿Qué hacer si crees que tu préstamo es abusivo?

  1. Revisa tu contrato. Comprueba la TAE y compárala con la media publicada por el Banco de España en el año de la firma.

  2. Reclama al banco. Si detectas un interés muy superior, solicita la nulidad del contrato. Si se declara nulo, solo devolverás el capital prestado y la entidad deberá devolverte los intereses abusivos pagados.

  3. Demanda judicial si es necesario. Si la entidad no atiende tu reclamación, deberás acudir al juzgado. Solo un juez puede declarar la usura y ordenar la devolución de lo pagado en exceso.

¿Por qué reclamar?

  • Puedes recuperar el dinero pagado de más.

  • Te permite eliminar un interés abusivo que aún se te esté aplicando.

  • Contribuyes a frenar las prácticas abusivas del sector financiero.

¿Cómo podemos ayudarte desde el despacho?

En nuestro despacho analizamos de forma personalizada tu contrato de préstamo o tarjeta para determinar si cumple los requisitos de la Ley de Represión de la Usura y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

  • Calculamos la diferencia entre tu TAE y la media de mercado del Banco de España.

  • Te asesoramos sobre la viabilidad de una reclamación extrajudicial y redactamos las comunicaciones al banco.

  • En caso necesario, presentamos la demanda judicial para solicitar la nulidad del contrato y la devolución de los intereses abusivos.

  • Te acompañamos en todo el proceso con un enfoque práctico, claro y orientado a que recuperes lo que te corresponde.

Si sospechas que tu préstamo es usurario, no esperes más. Revisar tu contrato puede marcar la diferencia entre seguir pagando intereses abusivos o recuperar tu dinero.

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